TERAPIAS NATURALES: TERAPIA DE RELAJACION
ANÁLISIS DE LA POLÍTICA PÚBLICA Y LAS
PERSPECTIVAS DE DESARROLLO
Lectura
crítica y normatividad vigente en las terapias naturales en los ámbitos
internacional y nacional.
La Terapia de Relajación son las diversas actividades, métodos o procedimientos con los cuales se reducen los niveles de tensión físico o mental en una persona, por lo cual conseguimos reducir los niveles de estrés, ansiedad, tensión muscular, baja la presión arterial y aumentar los niveles de calma y de relajación.
Estas Técnicas han sido de
gran ayuda para la psicoterapia, en el tratamiento de diversas patologías, por
que ayudan a la persona a tener cambios importantes en su vida. La relajación
física y mental está muy relacionada con la alegría, la calma y el estado de
bienestar que tenga cada persona. Hay muchos motivos por los cuales las
personas recurren a esta terapia como son:
ataque de ansiedad, ataque de pánico, problemas cardiacos, depresión,
búsqueda de bienestar personal, dolor de cabeza, hipertensión, sistema
inmunológico, insomnio, controlar de estrés, control del dolor, control de la
ira entre otros.
Con todos estos beneficios
que nos ofrecen las terapias de relajación, deberían estar contempladas en el
plan obligatorio de salud, para que todas las eps las incluyan en los contratos
que hacen con la ips para ayudar en la prevención y recuperación de la salud de
las personas.
Desde los inicios la
Medicina Alternativa no ha tenido una normatividad clara, la cual le de las
herramientas necesarias a los médicos que la practican para su ejecución,
siempre han puesto trabas para su desarrollo y practica
Desde el año de 1869 existe
normatividad relacionada con otras formas de atención a la salud. En el año 2006 en Colombia se elaboró un
diagnostico actual sobre la medicina alternativa y terapias naturales el cual
sirve como referencia para su reconocimiento y legislación apropiada a sus
desarrollos.
La Medicina Alternativa
siendo un conjunto de técnicas terapéuticas, se caracteriza por presentar
muchas interacciones para promover la salud y para prevenir la enfermedad. En Colombia no se tienen estadísticas de la
prestación de estos servicios, existe
como tal una normatividad sobre este ejercicio
por parte de los profesionales de la salud que lo ejercen, los cuales
deben ser certificados por una universidad reconocida por el ICFES.
El decreto extraordinario 80 de 1980 en una de sus consideraciones reconoce que la medicina es una sola y que la medicina natural son los métodos terapéuticos y están a disposición del criterio o juicio médico. Este decreto no da las herramientas necesarias ni científicas para la práctica de la medicina alternativa, deja a criterio y juicio medica pero no dicta normas estrictas para la práctica de la misma.
En la ley 100 de 1993
encontramos normatividad regulatoria de servicios de medicina, terapias
alternativas y complementarias, dice que la pueden ejercer profesionales
graduados en universidades reconocidas y certificadas por el ICFES. En este caso el estado y las instituciones de
educación superior deberían mejorar la calidad de la educación, ayudando a las
investigaciones y estudia de la medicina alternativa y sus diferentes técnicas.
La resolución 2927 de 1998
define y reglamenta las terapias alternativas, las cuales podrán ser ejercidas
por médicos titulados, con formación específica en las terapias alternativas
que practiquen y que lo acredite el registro profesional vigente. El estudio y la acreditación de los
profesionales de la medicina alternativa son fundamental en el proceso del
mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio y eficacia de los
tratamientos.
La resolución 5078 de 1992
dio una definición más específica de las terapias alternativas e incluyo nuevas
definiciones de las técnicas que la componen.
Esta resolución ayuda a fortalecer las técnicas que se utilizan, con la
inclusión de nuevas definiciones de las técnicas naturales.
El acuerdo 08 del 2009
define que las EPS podrían incluirla utilización de la medicina alternativa en su red de
servicios, por parte de los prestadores, siempre y cuando esta se encuentre
autorizada y reglamentada debidamente para su ejecución, según normatividad
vigente. Esta normatividad da un gran
retroceso a la inclusión de la Medicina Alternativa, por lo que se debe pedir
autorización a la EPS para que le preste en servicio, lo cual es un proceso muy demorado e incómodo para el
paciente.
Existe una normatividad que deben cumplir los productores de
sustancias, medicamentos y productos naturales, todos ellos deben cumplir con
las normas vigentes del invima, algunas de estas son: Tener registro del
ministerio de salud, contar con el registro sanitario, las preparaciones
farmacéuticas deben ser administradas por vía oral o tópica, ser controlados y
vigilados por el invima entre otras. La
función del invima es algo muy importante porque son ellos los que verifican
todo lo que tiene que ver un producto, por lo cual son los que responsables por
la verificación de todos los productos.
La demanda de servicios con
terapias diferentes a la medicina tradicional hizo que muchos países a nivel
mundial crearan sistemas que regulen la implementación de la medicina
alternativa y terapias naturales, creando leyes para poder autorizar la práctica
de las mismas, leyes y normatividad especifica sin falencias, muy estrictas,
basadas en investigaciones y pruebas científicas, que respalden la práctica de
la medicina alternativa.
Se puede concluir que por el
incremento del uso de la medicina alternativa y terapias naturales por las
personas en todos los países, para el
cuidado de la salud, los gobiernos deben generar políticas para la
incorporación en los sistemas de salud, puesto que esto pone barreras culturales
y económicas para acceder a la atención en salud y por tanto dificulta el goce
pleno al derecho a la salud que tiene toda persona.
Yo veo que el futuro de la
medicina alternativa es incierto, por el lado de la normatividad que se ha
generado muy lentamente, por la falta de la ayuda del gobierno y el sector
privado para las investigaciones y práctica.
RUTH YASMINA PAIPILLA MALAGON
TERAPIAS NATURALES

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